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Certificación energética
La certificación energética de edificios es el documento que describe la eficacia energética de un inmueble y que desde 2.013 necesita toda vivienda, local, oficina o edificio para su compraventa o alquiler. El certificado energético tiene una validez de diez años y es el propietario el responsable de solicitarlo.
ENTRADA EN VIGOR DEL RD
El 13 de abril se ha publicado en el BOE el Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Todos los propietarios para vender o alquilar un inmueble necesitan tener antes del 1 de junio de 2013 su Certificación Energética.
CUANDO ES NECESARIO?
La etiqueta de eficiencia energética debe ser incluida en toda publicidad para la venta o alquiler del inmueble y puesta a disposición del comprador o inquilino según proceda.
No tenerla puede declarar nulo el contrato de venta o alquiler al no haber informado completamente al comprador o arrendatario, por considerarse infracción en materia de protección al consumidor de acuerdo con lo establecido en la Ley del consumidor.
Los edificios frecuentados por público con una superficie útil superior a 500 m2, exhibirán el certificado de eficiencia de forma obligatoria en lugar visible.
CERTIFICADO, CERTIFICACIÓN O ETIQUETA ENERGÉTICA?
Desde que se ha empezado a conocer el Certificado de Eficiencia Energética de edificios se le llama de múltiples formas: certificado de eficiencia, certificación energética, certificación de eficiencia energética, certificado energético, calificación energética, etiqueta energética, etc.
El nombre indicado en el Real Decreto es Certificado de Eficiencia Energética, pero el resto de expresiones son de común uso.
INFORMACIÓN DEL CERTIFICADO
El certificado de eficiencia da información sobre la eficiencia energética del edificio pero no supone el cumplimiento de ningún requisito. Describe la eficacia de un inmueble en cuanto a su consumo de energía clasificándolo con un código de color y escala que va de la categoría «A» (mas eficiente) a la «G» (menos eficiente).
Contiene la siguiente información entre otras:
a) Identificación del inmueble.
b) Procedimientos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética.
c) Calificación de eficiencia energética expresada mediante la etiqueta energética.
d) Documento con las medidas recomendadas por el técnico certificador, que permitan, si el propietario decide acometerlas de forma voluntaria, que la calificación energética obtenida mejore al menos un nivel.